Título VII

Artículo 122º


Qué dice la Ley:

Inciso 7 permite instalar repetidoras en todo el territorio nacional y conformar redes nacionales y regionales

Nuestra observación y propuesta:

No les permite a los privados instalar repetidoras y conformar redes nacionales y regionales.


Artículo 123º

Qué dice la Ley:

Radio televisión Argentina sociedad del Estado deberá difundir como mínimo 60% de producción propia y un 20 % de producción independiente en todos los medios a su cargo

Nuestra observación y propuesta:

No debe tener como objetivo competir con la TV privada, tanto en publicidad como en programación. Tenemos variedad de ejemplos en la televisión francesa con sus programas culturales, o la national geographic con la televisión inglesa.  Los reportajes a personalidades de la ciencia. La televisión pública deben asignarse los espacios a través de sistemas transparentes de concursos de acuerdo a una grilla de programación que cumpla con los objetivos de la televisión pública. No es lo que sucede hoy en día, donde vemos una programación tendenciosa y progubernamental, en vez de ver una programación adecuada, objetiva, federal y de integración plural.

El directorio debe ser elegido por concurso y no coincidir con los mandatos presidenciales, para de esta manera mantener la autonomía del canal público de los objetivos gubernamentales

Artículo 131º
De la Conformación del Directorio

Nuestra observación y propuesta:

Volvemos a crear un órgano de conducción con mayoría gubernamental. Aquí no hay ninguna mención a modelos internacionales porque estos son menos mezquinos y dependen de los parlamentos.No es posible que la organicidad y decisiones del Sistema Nacional de Radio y Televisión, señalado en la iniciativa legislativa, tengan mayor peso en el ejecutivo, generando desconfianza sobre su conducción.

Artículo 134º
Atribuciones de RyTA SA


Nuestra observación y propuesta:

En este artículo falta el elemento clave que es el mecanismo de decisión de la programación del sistema. Este debe realizarse a través de la decisión de mecanismos objetivos, no discrecionales y que permitan una amplia participación. Es decir sistemas de concursos que permitan a todos los interesados poder ofrecer productos de acuerdo a las franjas de programas que se están ofertando. De esta manera se abre la participación a todos y se achica el margen de discrecionalidad existente en la elección de periodistas, programas etc.


 
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